CUIDADO CON LO QUE HACEMOS FUERA DE CHILE EN MATERIA DE CORRUPCIÓN

La OCDE publicó en el mes de Marzo el Informe de la Fase 3 de Revisión del Grupo de Trabajo sobre Soborno relativo a la implementación de la Convención para combatir el cohecho a Funcionarios Públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales (la “Convención”). Las conclusiones del informe son preocupantes, ya que si bien se muestran avances sobre todo en materias de prevención, revelan serias falencias en la investigación de casos de soborno a funcionarios públicos extranjeros por parte de individuos o empresas chilenas.

Lo más interesante del informe, fuera de las críticas que contiene, son sus recomendaciones las que como Chile Transparente hacemos nuestras y llamamos a que sean implementadas con prontitud por las autoridades del Ejecutivo, el Ministerio Público y el Poder Judicial

Desde que Chile se hizo Estado Parte de la Convención en junio de 2001, se han documentado solamente seis casos de soborno a funcionarios públicos extranjeros, y en cuatro de éstos hay una investigación en curso. La OCDE estima que en varios casos se ha aplicado el archivo provisional o simplemente no se ha investigado, no habiéndose considerado en forma suficiente la evidencia en lo relativo a su conexión con Chile y, por lo tanto, recomienda que estas alegaciones sean investigadas a fondo, en lugar de ser archivadas prematuramente. En el informe se recomienda, asimismo, introducir mejoras a las facultades para levantar el secreto bancario y para utilizar técnicas investigativas especiales.

El Informe recomienda que el Estado entregue orientación clara sobre los elementos que deben contemplar los modelos de prevención de delitos (de la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas) y que se fortalezcan las reglas y estándares que rigen a las entidades que certifican tales modelos. Estas medidas son urgentes ya que las empresas en Chile están solicitando certificaciones a paso acelerado.

Finalmente, miramos con preocupación que las penalidades asociadas a este tipo de delitos son bajas si se miran el daño que acciones de soborno causan a la sociedad.

Chile no debe dejar de pasar estas recomendaciones en nuestra lucha contra la corrupción. Por su parte, las empresas con inversiones en el exterior deben tomar conocimiento de cómo se aplican estas Convenciones a su actuar en el exterior e implementar las medidas preventivas y correctivas que sean necesarias. Desde Chile Transparente podemos prestar una invaluable ayuda en tal sentido…