Consejo para la Transparencia reprocha a Aleuy por denegación de información

 

AleuyDos resoluciones emitió el Consejo para la Transparencia, entre fines de julio y principios de agosto, en las que realiza un reproche al subsecretario del Interior, Mahmud Aleuy, por no entregar información -o, en algunos casos, entregarla fuera de plazo- sobre la gestión de los “delegados presidenciales”, figuras nombradas por el gobierno para hacerse cargo de la reconstrucción de Valparaíso o Tarapacá.

Dichas resoluciones se producen a raíz de una serie de solicitudes efectuadas en abril por dirigentes de RN, en las que se pidió al Ministerio del Interior -vía Ley de Transparencia- entregar el detalle de la ejecución presupuestaria de los delegados, los gastos realizados, las actas de las reuniones y copias de todas las comunicaciones escritas que den cuenta de avances de su gestión, entre los delegados y la Presidenta, el ministro y el subsecretario del Interior.

Sin embargo, tras no recibir parte de la información solicitada, los dirigentes de RN, encabezados por el vicepresidente Felipe Guevara y el abogado Carlos Charme, presentaron 10 requerimientos por “denegación de información” al Consejo para la Transparencia, organismo que ya emitió las primeras resoluciones.

Las resoluciones

En las sesiones realizadas por el consejo directivo del Consejo para la Transparencia el 28 de julio y 4 de agosto, el organismo decidió  -por la unanimidad de sus miembros presentes- acoger, hasta el momento, cinco de los recursos interpuestos por RN, referidos particularmente a la falta de información sobre la delegación de Tarapacá.

Según las resoluciones, el consejo decidió “representar al subsecretario del Interior la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia” al haber “respondido y hecho entrega de los antecedentes solicitados fuera del plazo legalmente previsto para ello, así como por haber notificado extemporáneamente la prórroga de dicho plazo”. Esto último ya que, aunque la subsecretaría solicitó la ampliación del plazo para hacer entrega de la información, lo hizo fuera del período fijado en la ley.

El organismo también determinó que la subsecretaría no entregó una serie de antecedentes, como las copias de las comunicaciones entre la delegación de Tarapacá y la Presidencia y el ministerio. Por ello, se dictaminó “requerir al subsecretario del entregar al reclamante la información solicitada”, o, en su defecto, “señalar expresa y fundadamente si dichas comunicaciones no existieran”.

Otra solicitud sobre la que se pronunció el consejo fue respecto de las actas y el listado de participantes de las reuniones encabezadas por el delegado presidencial. “(La subsecretaría) informó que no existen actas formales de dichas reuniones, sino solamente los apuntes personales de los asistentes. Sin embargo, nada dijo (…) respecto de los listados de asistencia”, señala la resolución, por lo que el organismo decidió ordenar “entregar la información requerida respecto de los listados de asistencia, o en su caso, señalar expresa y fundadamente si los listados no existieran”.

Junto con lo anterior, el consejo pidió a la subsecretaría que “se adopten las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, no se reiteren tales infracciones”.