Penta: Corte de Apelaciones ratifica condena de Jovino Novoa

 

Jovino NovoaEsta mañana la primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena de Jovino Novoa entregada por el Octavo Juzgado de Garantía, en el marco del caso Penta.

Esto, luego de que el tribunal rechazara la solicitud de la Fundación Ciudadano Inteligente, de dejar sin efecto la pena de tres años de pena remitida que se le otorgó al ex senador luego de acceder a un procedimiento abreviado.

La apelación de Ciudadano Inteligente se basaba en que además de delitos tributarios hubo delitos de cohecho que no fueron sancionados por el tribunal. En esta línea, pedían que se aumentara la pena contra el ex timonel gremialista.

Al respecto, el abogado de Novoa, Matías Balmaceda, señaló que «lo importante de este fallo que para efectos de litigar en estas causas no hay que levantar banderas de corte político sino que litigar con las normas legales vigentes que tenemos. En ese orden de cosas la corte ratifica que este fue un acuerdo absolutamente transparente y que se ha aplicado la pena que en derecho corresponde».

Por su parte, el fiscal Carlos Gajardo afirmó que la fiscalía «está satisfecha por este resultado», y agregó que «no teníamos demasiadas dudas de que este fallo iba a ser confirmado, de hecho la propia resolución habla de inconsistencias graves y faltas de fundamentos que tenía el recurso. Ciudadano Inteligente ha sido un aporte en esta investigación pero  claramente en esta apelación estaba equivocado».

En tanto, el jefe del departamento de Litigación del Servicio de Impuestos Internos (SII), Benjamín Ríos se mostró conforme con la resolución del tribunal de alzada. «Estamos conformes porque una vez más los tribunales ratifican que el proceder del SII ha sido correcto y que el procedimiento en el tribunal de Garantía cumple con los requisitos que establece la ley», indicó.

Ríos explicó que en el caso de Novoa la pena no fue mayor porque «en el caso particular de las agravantes y atenuantes y en este caso las atenuantes eran numerosas, en general las penas no exceden de 5 años», aunque puntualizó que este caso sienta un precedente y que quedó establecido que «en el caso de boletas y facturas falsas, su facilitación y declaración constituye delito».