Venezuela | El TSJ rechazó ordenarle al BCV publicar cifras de inflación y escasez

 

 

bcv.520.360Por considerar que no presentaron «ninguna prueba» que demuestre que le solicitaron cumplir con su obligación de publicar «las principales estadísticas económicas del país», el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó la demanda que Transparencia Venezuela interpuso contra el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson Merentes.
La Sala Político Administrativa en su sentencia número 935 desechó la acción que perseguía que ella obligara al organismo emisor informarle al país en cuánto se ubica el Índice de Precios al Consumidor (IPC), en cuánto están las reservas internacionales, la balanza de pagos, el Índice de Escasez, el Producto Interior Bruto (PIB), entre otras, algunas de las cuales tiene más de un año sin difundir.

En el dictamen redactado por la magistrada María Carolina Ameliach se afirma que Transparencia Venezuela no cumplió con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Contencioso Administrativo, el cual establece que uno de los requisitos para tramitar una demanda por abstención contra una autoridad es que el demandante pruebe que trató de conseguir lo que buscaba de parte de ese funcionario.

La organización no solo acusó a Merentes de incumplir con el mandato constitucional de rendir cuentas, sino también de atentar contra el desarrollo del país, pues «el BCV tiene un deber fundamental que se materializa en la publicación y rendición de ‘informes periódicos sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas del país’, el cumplimiento de dicha obligación brinda seguridad jurídica a la actividad económica, por el contrario la falta de publicación de estas variables genera un clima de incertidumbre que desestimula las inversiones e impacta de forma negativa las expectativas de los distintos agentes económicos que hacen vida en el país».

Un comunicado difundido hoy, la organización rechazó el fallo del máximo juzgado y lo acusó de limitar el acceso a la información pública y el ejercicio de este derecho.

Por último, recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que «el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información es necesario para evitar abusos de los funcionarios públicos, promover la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión estatal, y permitir un debate público sólido e informado que asegure la garantía de recursos efectivos contra los abusos gubernamentales y prevenga la corrupción».